¿Qué es un seguro de impago de rentas?

El seguro de impago de rentas o alquileres tiene por objeto prestar a la persona o empresa que alquila sus propiedad la defensa jurídica de sus derechos e intereses en relación con la vivienda o local asegurados y resarcirle de los gastos y perjuicios económicos derivados del impago de la renta por parte del inquilino o arrendatario, así como de los perjuicios materiales que éste pueda causar en la vivienda o local.

La compañía que acepte el riesgo, asume las prestaciones garantizadas y los gastos jurídicos causados como consecuencia de la intervención del Asegurado en un procedimiento administrativo, judicial o arbitral, y le prestará los servicios de asistencia judicial y extrajudicial derivados de la cobertura del seguro, dentro de los límites y hasta la cifra máxima contratada, que  se determinan en las condiciones particulares y generales del seguro.

Las coberturas más comunes en el seguro de impago de alquileres son:

•             Defensa y reclamación del contrato de arrendamiento:

o             Defensa y reclamación de los derechos del asegurado, en vía judicial, en los conflictos directamente relacionado con el contrato de arrendamiento en vigor de las viviendas o locales declarados en la póliza y regulado por la Ley de Arrendamientos Urbanos.

o             Juicios de desahucio por falta de pago.

o             Obras no consentidas.

o             Impago de las rentas.

•             Defensa en otros seguros:

o             Se garantiza la defensa y reclamación de los intereses del asegurado, amistosa o judicial, en caso de incumplimiento contractual de otras Aseguradoras o del Consorcio de Compensación de Seguros, para hacer efectivos los derechos del asegurado propietario de la vivienda o local asegurado.

•             Defensa de la responsabilidad penal

•             Reclamación de daños de origen extracontractual:

o             Se garantiza la reclamación al tercero responsable identificado, tanto amistosa como judicial, de los daños a la vivienda o local o a su mobiliario, a consecuencia del incumplimiento del contrato.

•             Reclamación de contratos de servicios de reparación o mantenimiento de las instalaciones

•             Defensa de derechos relativos a la vivienda o local:

o             Reclamación a sus vecinos por infracción de normas legales relativas a emanaciones de humos o gases, higiene, ruidos persistentes y actividades molestas, nocivas o peligrosas.

o             Defensa y reclamación de sus intereses en los conflictos con sus vecinos, por cuestiones de servidumbre de paso, luces, vistas, distancias, lindes y medianerías.

o             Defensa y reclamación a la comunidad de propietarios del inmueble donde se encuentre la vivienda o local asegurados, siempre que es esté al corriente de las cuotas.

o             Defensa de su responsabilidad penal en los procesos que le sigan como miembro de la junta de copropietarios del inmueble.

•             Asistencia jurídica telefónica

•             Impago de alquileres:

o             Es la cobertura principal de la póliza. Habitualmente se paga el 100 % de la suma asegurada con un límite temporal de 12 meses en viviendas y 6 en locales,

o             Suele estipularse un mes de franquicia. Será a cargo del asegurado la primera mensualidad de renta impagada.

•             Actos vandálicos al continente:

o             Siempre que exista un siniestro indemnizado con cargo a la cobertura de impago de alquileres, se garantizan los deterioros del continente de la vivienda o local asegurados, causados por el inquilino como consecuencia de actos de vandalismo o malintencionados que se encontrasen tras su desalojo.

•             También se pueden cubrir los siguientes gastos:

o             Las tasas, derechos y costas judiciales derivadas de la tramitación de los procedimientos cubiertos.

o             Los honorarios y gastos de abogado.

o             Los derechos y suplidos de procurador, cuando proceda.

o             Gastos notariales y de otorgamiento de poderes para pleitos.

o             Honorarios de peritos.

Si necesitáis garantizar el alquiler de vuestra propiedad con un seguro de impago de rentas no lo penséis más y llamadnos ¡os aseguramos el mejor seguro al mejor precio!

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